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REGISTRO DE ACTIVIDADES COMERCIALES

    Procedimiento de tramitación de los impresos del Registro de Actividades Comerciales (RAC) en vigor desde el 1 de enero de 2006.

    El artículo 21 de la ley autonómica 14/2005, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Financiera y Administrativa y de Organización de la Generalitat Valenciana (DOGV nº 5.166, de 30 de diciembre), modificó el Texto Refundido de la Ley de tasas, estableciendo una tasa para tramitar los impresos del Registro de Actividades Comerciales que hasta ahora se tramitaban de manera gratuita. 

    La inscripción en este registro es obligatoria, según el Decreto 77/1987 del Consell de la Generalitat Valenciana, y hará falta justificar la inscripción para obtener licencia municipal de actividad. 

    Desde el 1 de enero de 2006, la inscripción (alta) tiene una tasa de 28 euros, y la comunicación de modificaciones en los datos del comercio (domicilio, titular, etc), de 14 euros. 

    Los impresos del registro (RAC-01) se pueden descargar desde la web de la Generalitat. Ahora, además de presentar el impreso RAC-01, hay que efectuar el pago de la tasa para que la inscripción tenga vigencia. 

    El pago de la tasa se realiza a través de un impreso pdf imprimible vía internet (modelo 046), que genera en tiempo real un código de barras personalizado para cada solicitud. 

    Este impreso de pago, que deberá llevar al banco, se puede tramitar desde la siguiente dirección de internet:

http://www.gva.es/industria/tasas/tasas9895_v.htm

    Por lo tanto, para formalizar la inscripción, junto a la copia del impreso RAC-01, y el NIF y IAE/declaración censal del titular, hará falta adjuntar un ejemplar del modelo 046 sellado por el banco dónde se ha efectuado el pago. 

    Esta documentación se puede presentar en el Ayuntamiento – en la AFIC - junto al resto de documentos para tramitar la licencia, y el departamento municipal de comercio la enviará a la Generalitat.