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NORMAS GENERALES DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO

 

Es imprescindible presentar el carné para realizar el préstamo.

El carné de préstamo autoriza a su poseedor a tener en préstamo simultáneamente hasta un total de 12 documentos, en toda la Red de Lectura Pública Valenciana, de los que un máximo de 6 podrán ser prestados por la Biblioteca de Ibi.  De estos 6 un máximo de 3 podrán ser documentos no libros. 
El prestatario que no cumpla los plazos de préstamo será sancionado con 1 día de suspensión por cada día de retraso y documento.  La suspensión será efectiva en toda la Red de Lectura Pública Valenciana.
El período de préstamo de libros será de 15 días, prorrogables por otros 15, siempre que estos libros no hayan sido demandados por otros usuarios en el período de préstamo.  El período de préstamo de documentos no-libros será de 7 días no renovables. Se habilitará un período especial de préstamo durante los meses de julio, agosto y septiembre, que será de 30 días no renovables.
Un día de suspensión por cada día de retraso y documento. La suspensión será efectiva en toda la Red de Lectura Pública Valenciana.

El prestatario está obligado a reponer la obra perdida o deteriorada.  En caso de no cumplir esta norma se suspenderá, hasta su cumplimiento, la efectividad del carné de préstamo en toda la Red de Lectura Pública Valenciana.
El prestatario está obligado a reponer la obra perdida o deteriorada.  En caso de no cumplir esta norma se suspenderá, hasta su cumplimiento, la efectividad del carné de préstamo en toda la Red de Lectura Pública Valenciana.
El incumplimiento reiterado de estas normas de préstamo, así como el comportamiento incorrecto por parte del lector en cualquier sección de la biblioteca será sancionado con la suspensión temporal del carné de préstamo.  La suspensión será de 6 meses cuando se produzca por primera vez y 1 año en caso de reincidencia.